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Permisos de Trabajo

AUTORIZACIÓN PARA CONTRATAR TRABAJADORES EXTRANJEROS

Requisitos básicos:

  • Poder o solicitud mediante Abogado en papel simple, original y copia, incluir dirección completa de las partes.
  • Cuatro (4) fotos tamaño carné iguales con el nombre del trabajador solicitante escrito al dorso.
  • Certificado expedido por la Dirección de Migración y Naturalización, donde conste el status migratorio del solicitante.
  • Fotocopia legible de la cédula del solicitante autenticada por la Dirección Nacional de Cedulación.

A.  Indefinido

  • Requisitos básicos
  • Costo B/. 50.00

B.  Empresas Contratantes dentro del 10% del Personal Ordinario 

  • Requisitos básicos
  • Fotocopia de la página del pasaporte, donde aparecen los datos generales del interesado.
  • Fotocopia autenticada de la Licencia Comercial.
  • Certificación del Registro Público. 
  • Contrato de trabajo a celebrar con el trabajador.
  • Última planilla de la Caja de Seguro Social (Presentar original y entregar una copia)
  • Carné de Migración
  • Costo B/.30.00

  
C.  Empresas Contratantes de Extranjeros Expertos o Técnicos dentro del 15% del Personal Especializado

  • Requisitos básicos
  • Fotocopia de la página del pasaporte, donde aparecen los datos generales del interesado.
  • Fotocopia autenticada de la Licencia Comercial.
  • Certificación del Registro Público. 
  • Contrato de trabajo a celebrar con el trabajador.
  • Última planilla de la Caja de Seguro Social (Presentar original y entregar una copia)
  • Carné de Migración
  • Nota original suscrita por la representación de la empresa empleadora, que contenga el nombre y cédula del trabajador que sustituirá al experto o técnico extranjero, con el compromiso de capacitarlo para el desempeño de la respectiva especialidad.
  • La idoneidad profesional del trabajador si es experto, mediante cartas de referencias de trabajos anteriores donde conste la especialidad del mismo. Si se trata de empresa extranjera que opera en Panamá y trae un experto que trabaje con ella en el exterior, la carta debe especificar el tiempo de servicio y la especialidad. En cualquier caso, las cartas correspondientes serán autenticadas por el Cónsul de Panamá en ese país y en su defecto por el de un Estado amigo.
  • La idoneidad profesional del trabajador si es técnico, autenticada por el Cónsul de Panamá en ese país y en su defecto por el de un Estado amigo y adjuntar certificaciones refrendadas por el Consejo Técnico Profesional o una entidad especializada de Panamá.
  • Costo B/.30.00

D.  Trabajador Extranjero con Cónyuge de Nacionalidad Panameña

  • Requisitos básicos
  • Fotocopia de la página del pasaporte, donde aparecen los datos generales del interesado.
  • Certificación del matrimonio.   
  • Presentar cédula de Identidad Personal de Cónyuge (Entregar una copia autenticada por la Dirección Nacional de Cedulación).
  • Certificado de Nacimiento del cónyuge expedido por el Registro Civil .
  • Carné de Migración.
  • Certificado de Nacimiento de los Hijos (Si aplica).
  • Costo B/.15.00

Carné para Permisos de Trabajo
Todo extranjero que cumpla con los requisitos que exige la ley panameña para tramitar permisos de trabajo, se le otorgará su respectivo permiso y un carné con fecha de vencimiento de tres meses a un año, según el tipo de servicio.

  • Para alternadoras, bailarinas, boxeadores, artistas, etc., - 3 meses.
  • Para Casado con Cónyuge Panameño, 10% / 15% de la empresa, Acuerdo Marrakech, Zona Libre de Colón -  1 año.

Requisitos:
Resolución Ministerial aprobando el Permiso de Trabajo, para laborar en el Territorio Nacional. Se le expide carné que puede portar para identificarse y establecer su derecho a laborar.  (Se requiere autorización para contratar trabajadores extranjeros).