AUTORIZACIÓN PARA CONTRATAR TRABAJADORES EXTRANJEROS
Requisitos básicos:
- Poder o solicitud mediante Abogado en papel simple, original y copia, incluir dirección completa de las partes.
- Cuatro (4) fotos tamaño carné iguales con el nombre del trabajador solicitante escrito al dorso.
- Certificado expedido por la Dirección de Migración y Naturalización, donde conste el status migratorio del solicitante.
- Fotocopia legible de la cédula del solicitante autenticada por la Dirección Nacional de Cedulación.
A. Indefinido
- Requisitos básicos
- Costo B/. 50.00
B. Empresas Contratantes dentro del 10% del Personal Ordinario
- Requisitos básicos
- Fotocopia de la página del pasaporte, donde aparecen los datos generales del interesado.
- Fotocopia autenticada de la Licencia Comercial.
- Certificación del Registro Público.
- Contrato de trabajo a celebrar con el trabajador.
- Última planilla de la Caja de Seguro Social (Presentar original y entregar una copia)
- Carné de Migración
- Costo B/.30.00
C. Empresas Contratantes de Extranjeros Expertos o Técnicos dentro del 15% del Personal Especializado
- Requisitos básicos
- Fotocopia de la página del pasaporte, donde aparecen los datos generales del interesado.
- Fotocopia autenticada de la Licencia Comercial.
- Certificación del Registro Público.
- Contrato de trabajo a celebrar con el trabajador.
- Última planilla de la Caja de Seguro Social (Presentar original y entregar una copia)
- Carné de Migración
- Nota original suscrita por la representación de la empresa empleadora, que contenga el nombre y cédula del trabajador que sustituirá al experto o técnico extranjero, con el compromiso de capacitarlo para el desempeño de la respectiva especialidad.
- La idoneidad profesional del trabajador si es experto, mediante cartas de referencias de trabajos anteriores donde conste la especialidad del mismo. Si se trata de empresa extranjera que opera en Panamá y trae un experto que trabaje con ella en el exterior, la carta debe especificar el tiempo de servicio y la especialidad. En cualquier caso, las cartas correspondientes serán autenticadas por el Cónsul de Panamá en ese país y en su defecto por el de un Estado amigo.
- La idoneidad profesional del trabajador si es técnico, autenticada por el Cónsul de Panamá en ese país y en su defecto por el de un Estado amigo y adjuntar certificaciones refrendadas por el Consejo Técnico Profesional o una entidad especializada de Panamá.
- Costo B/.30.00
D. Trabajador Extranjero con Cónyuge de Nacionalidad Panameña
- Requisitos básicos
- Fotocopia de la página del pasaporte, donde aparecen los datos generales del interesado.
- Certificación del matrimonio.
- Presentar cédula de Identidad Personal de Cónyuge (Entregar una copia autenticada por la Dirección Nacional de Cedulación).
- Certificado de Nacimiento del cónyuge expedido por el Registro Civil .
- Carné de Migración.
- Certificado de Nacimiento de los Hijos (Si aplica).
- Costo B/.15.00
Carné para Permisos de Trabajo
Todo extranjero que cumpla con los requisitos que exige la ley panameña para tramitar permisos de trabajo, se le otorgará su respectivo permiso y un carné con fecha de vencimiento de tres meses a un año, según el tipo de servicio.
- Para alternadoras, bailarinas, boxeadores, artistas, etc., - 3 meses.
- Para Casado con Cónyuge Panameño, 10% / 15% de la empresa, Acuerdo Marrakech, Zona Libre de Colón - 1 año.
Requisitos:
Resolución Ministerial aprobando el Permiso de Trabajo, para laborar en el Territorio Nacional. Se le expide carné que puede portar para identificarse y establecer su derecho a laborar. (Se requiere autorización para contratar trabajadores extranjeros).