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Prórroga del Permiso de Visitante Temporal en Calidad de Estudiante. Clave: ProVT-C

Fundamento Legal: Artículo 1ero, numeral 5, literal C, artículo 14 y el artículo 41, numeral 3, del Decreto Ley de 30 de junio de 1960, Decreto Ley No.13 de 20 de septiembre de 1965 y la Ley 6ta de 5 de marzo de 1980. 

Tiempo aproximado de trámite: 2 a 4 meses.

Candidatos:
Aquellas personas a quienes se les vence el Permiso de Visitante Temporal concedido en Calidad de Estudiante, por el término de un año y que es prorrogable por períodos iguales hasta cubrir el tiempo de duración de la carrera.

Requisitos:

  • Carné de Trámite.
  • Certificado Médico de Buena Salud expedido dentro de los tres (3) meses anteriores a la fecha de presentación. (Debe tener fecha, firma y sello con el nombre, código y número de registro del médico).
  • Poder y Solicitud mediante abogado.
    • Poder:
      • Generales completas del interesado o interesados:
        • Nombre,
        • Nacionalidad,
        • Dirección exacta,
        • Nombre y Nacionalidad de sus padres,
        • Números de Teléfono,
        • Dirección de Correo Electrónico.
      • Generales del Abogado
        • Dirección de la oficina,
        • Números de Teléfono y Facsímil,
        • Dirección de Correo Electrónico.
      • Timbres por valor de B/.4.00 por página.
      • El Poder deberá presentarse personalmente ante el funcionario(a) de la Dirección Nacional de Migración y Naturalización o con la Nota de Presentación Personal ante Notario Público. 
    • Solicitud:
      • Generales completas de los solicitantes y sus dependientes.
      • Generales completas del abogado.
      • Generales completas de los cheques que se aportan:
        • Número del Cheque,                  
        • Nombre del Banco,
        • Fecha,
        • Monto.
      • Enumerar e identificar los documentos que se adjuntan.
      • Exponer los fundamentos de hecho y de derecho en los cuales se sustenta la solicitud de prorroga.
      • Timbres por valor de B/.4.00 por página.
  • Pasaporte del país de origen con validez mínima de seis meses de cada uno de los solicitantes.
  • Fotocopia completa del pasaporte de cada uno de los solicitantes.
  • Dos (2) fotografías tamaño carné de cada uno de los solicitantes.
  • Declaración Jurada sobre Antecedentes Personales.
  • Si el estudiante es menor de edad, se requiere:
    •  Autorización por escrito de los padres a favor del residente responsable. Esta puede ser otorgada en el país de origen, para lo cual debe ser debidamente apostillada o autenticada. Si el padre o madre del estudiante se encuentran en Panamá, puede otorgar la autorización ante Notario Público.    
    • Certificado de Nacimiento debidamente apostillado o autenticado.
  • Presentar el recibo de pago de la matrícula original y la constancia de matrícula en la que figuran las materias inscritas (mínimo 5 materias).
  • Certificación de la Escuela, Colegio, Universidad o Centro de Estudios que debe contener la siguiente información:
    • El nombre, nacionalidad y número de pasaporte del interesado,
    • Su condición de estudiante del Centro Educativo de que se trate,
    • La facultad y la carrera que estudia,
    • El tiempo que dura la carrera, ya sea en bimestres, trimestres, cuatrimestres, semestres o años y el período que cursa,
    • El turno al que asiste,
    • El detalle de las asignaturas o materias que tiene matriculadas,
    • Indicar el número de Resolución con la cual fue aprobado por el Ministerio de Educación el Centro Educativo.
  • Créditos del año anterior, expedidos por el colegio o universidad.
  • Carta de Trabajo del residente responsable con la Ficha de Seguro Social o Comprobante de Pago, o la Declaración de Rentas con sus respectivos Recibos de Pago y copias para ser cotejadas. El ingreso mínimo del responsable debe ser de quinientos balboas (B/.500.00).
  • Carta del residente responsable a favor del interesado, en la que se responsabiliza económicamente del mismo incluyendo el compromiso de asumir su repatriación si fuese necesario y hace constar que el mismo no representará carga para el Estado Panameño. Esta carta debe expresar los teléfonos y dirección del domicilio y lugar de trabajo donde es localizable el residente responsable.
  • Fotocopia del carné vigente del residente responsable o fotocopia de la cédula de identidad personal vigente, autenticada por el Registro Civil.
  • En caso de ser Estudiante Universitario, además de contar con un residente responsable deberá probar el origen del capital con el cual sufragarán sus estudios y demás gastos (pago de matrícula, libros, alimentación, transporte, hospedaje, salud), lo cual se verificará mediante el aporte de:
    • Documento expedido por una institución gubernamental u organización no gubernamental que pruebe que el estudiante que solicita la visa es titular de una beca de estudios, acompañada con recibos, talonarios de cheques o fotocopia del cheque de pago de la beca, si ya se efectuó algún cobro.
    • Certificación emitida por el Banco Nacional de Panamá, en la cual se certifique que el estudiante mantiene depósitos con un saldo mínimo del 25% del costo total de la carrera y mil balboas (B/.1,000.00) adicionales para sufragar gastos y fotocopia de la libreta de ahorros.
    • Carta emitida por un Banco en la que se haga constar que el estudiante recibe depósitos mensuales del exterior o los recibos de pagos de transferencias mensuales de courier a su nombre. En ambos casos acompañados de la fotocopia de la libreta de ahorros.
  • Carné de Migración vencido o por vencer.