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Prórroga del Permiso de Visitante Temporal en Calidad de Misionero. Clave: ProVT-D

 

Fundamento Legal: Decreto Ley No.16 de 30 de junio de 1960, Decreto Ley No.13 de 20 de septiembre de 1965 y la Ley 6ta de 5 de marzo de 1980. 

Tiempo aproximado de trámite: 2 a 3 meses.

Candidatos:
Las misiones o comunidades misioneras pueden solicitar la prórroga de los Permisos de Residencia Temporales otorgados a sus miembros y sus dependientes si fuese el caso, cada año hasta por el término de 5 años (el Permiso de Residencia inicial de un año más cuatro Prórrogas) después de los cuales, si continúa en la misión, debe salir del país e iniciar nuevamente el trámite. El “Misionero” Religioso debe de probar el cumplimiento de la misión para la cual solicitó el Permiso de Visitante Temporal, así como aportar las pruebas de sus ingresos.

Requisitos:

  • Carné de Trámite.
  • Certificado Médico de Buena Salud expedido dentro de los tres (3) meses anteriores a la fecha de presentación. (Debe tener fecha, firma y sello con el nombre, código y número de registro del médico).
  • Poder y Solicitud mediante abogado.
    • Poder:
      • Generales completas del interesado o interesados:
        • Nombre,
        • Nacionalidad,
        • Dirección exacta,
        • Nombre y Nacionalidad de sus padres,
        • Números de Teléfono,
        • Dirección de Correo Electrónico.
      • Generales del Abogado
        • Dirección de la oficina,
        • Números de Teléfono y Facsímil,
        • Dirección de Correo Electrónico.
      • Timbres por valor de B/.4.00 por página.
      • El Poder deberá presentarse personalmente ante el funcionario(a) de la Dirección Nacional de Migración y Naturalización o con la Nota de Presentación Personal ante Notario Público.  El poder debe otorgarlo el Representante Legal o máximo líder de la misión o entidad Religiosa formalmente reconocida por el Estado Panameño. Si el solicitante se encuentra en Panamá, el poder debe ser firmado por el Representante Legal de la Misión Religiosa y por el interesado.
    • Solicitud:
      • Generales completas de los solicitantes y sus dependientes.
      • Generales completas del abogado.
      • Generales completas de los cheques que se aportan:
        • Número del Cheque,                  
        • Nombre del Banco,
        • Fecha,
        • Monto.
      • Enumerar e identificar los documentos que se adjuntan.
      • Exponer los fundamentos de hecho y de derecho en los cuales se sustenta la solicitud de prorroga.
      • Timbres por valor de B/.4.00 por página.
  • Pasaporte del país de origen con validez mínima de seis meses de cada uno de los solicitantes.
  • Fotocopia completa del pasaporte de cada uno de los solicitantes.
  • Dos (2) fotografías tamaño carné de cada uno de los solicitantes.
  • Declaración Jurada sobre Antecedentes Personales.
  • Certificación emitida, en papel membrete, por el Representante de la misión en Panamá en la cual conste lo siguiente:
    • Que el interesado presta servicios como misionero, con indicación del lugar donde ejercerá sus funciones.
    • El tiempo que permanecerá en el país. 
    • Los recursos con los cuales sufragará sus gastos en el territorio y expresar la cantidad y la periodicidad con que los recibirá.
    • De dónde provienen los fondos con los cuales se sustenta al misionero; si son de fuente extranjera o son pagados con dineros que se recaudan en Panamá.
    • Que la misión se compromete a repatriarlo, una vez culmine sus servicios en el país.
    • La suma mensual que recibe el misionero para su sustento, debe ser de quinientos balboas (B/.500.00) mensuales como mínimo y setenta y cinco balboas (B/.75.00) adicionales por cada dependiente.
  • Carta Bancaria que demuestre la solvencia económica de la iglesia o misión.  Si la iglesia recibe los fondos para el cumplimiento de la misión desde el extranjero y declara asumir todos los gastos que implique la estadía del misionero en el territorio panameño, la solvencia que demuestre no puede ser inferior a cinco cifras medias.
  • Certificado en el cual conste la Personería Jurídica de la misión o comunidad religiosa y el nombre del Representante Legal, expedido por el Registro Público de Panamá. 
  • Ficha de la Caja del Seguro Social o Declaración de Renta original o autenticada por la Dirección General de Ingresos con su recibo de pago. (Si está ingresando al sistema, aportar la constancia de inscripción ya sea en la Caja del Seguro Social o en el RUC)
  • Carné de Identificación emitido por la iglesia o grupo religioso al que pertenece.
  • Plan a ejecutar de la Misión asignada.
  • Informe del Cumplimiento del Plan de Misión, originalmente presentado.
  • Declaración de Rentas o Ficha de la Caja del Seguro Social
  • Carné de Visitante Temporal vencido o por vencer.