Fundamento Legal: Ley No. 9 de 24 de junio de 1987 y el Decreto Ejecutivo No. 62 de 4 de agosto de 1987.
Candidatos:
Puede optar por este permiso de residencia indefinido, quien sea pensionado de un gobierno o empresa privada extranjera con una suma mínima mensual de quinientos balboas (B/.500.00) en forma vitalicia. Si trae dependientes se exige una suma adicional de cien balboas (B/.100.00) mensuales por cada dependiente. La ley le otorga además de la residencia indefinida, franquicia arancelaria para importar artículos de uso doméstico o personales, por una sola vez, hasta la suma de diez mil balboas (B/.10,000.00) y cada dos años un automóvil para uso personal o familiar.

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