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Visa de Inmigrante y Permiso de Residencia en Calidad de Inversionista en una Micro-Empresa. Clave: VIPEM

Fundamento Legal:  Decreto-Ley No. 16 de 1960, Ley NO. 47 de 1999, Decreto Ejecutivo No.52 del 2003, Resolución No.10,386 del 2003. 

Tiempo aproximado de trámite: 3 a 4 meses para obtener la Visa de Inmigrante (documento concedido por un año).

Candidatos:
El extranjero que desea fijar su residencia en la República de Panamá, inmigrando en calidad de inversionista, que por la cuantía de la inversión califica como una microempresa. La inversión a efectuar debe ser directa en la empresa que constituya, y con un Capital Social mínimo de Cuarenta Mil Balboas (B/.40,000.00) y hasta un máximo de Ciento Cincuenta Mil Balboas (B/.150,000.00).

El extranjero debe ser accionista y dignatario de la empresa, que además, debe contar con una planilla inicial de tres (3) empleados panameños a tiempo completo y devengando un salario no inferior al mínimo establecido en la Ley para cada región, detallando la posición o actividad que cada uno realiza.

La empresa debe registrar sus empleados en el Seguro Social, cumpliendo así con la obligación legal respecto a las cargas sociales.

El extranjero que aplica a esta visa debe ser el titular de las acciones que reflejan su inversión mínima de Cuarenta Mil Balboas (B/ 40,000.00).

Al aprobarse la Visa de Inmigrante, el extranjero recibe un permiso de residencia por un año y al vencerse el mismo, debe solicitar prórroga cada año hasta por tres (3) años consecutivos. Al vencimiento de la tercera prórroga, podrá solicitar la permanencia definitiva con derecho a cédula de residente permanente. En total son cinco (5) solicitudes.

Solo se admitirá un extranjero y sus dependientes por empresa y la tentativa de violación o la violación de este requisito traerá como consecuencia la negativa de la solicitud y la obligación de abandonar el país. Las actividades a las que se dedique la empresa deben ser las expresadas en la licencia o registro comercial.

Requisitos:

  • Carné de Trámite.
  • Certificado Médico de Buena Salud expedido dentro de los tres (3) meses anteriores a la fecha de presentación. (Debe tener fecha, firma y sello con el nombre, código y número de registro del médico).
  • Poder y Solicitud mediante abogado.
    • Poder:
      • Generales completas del interesado o interesados:
        • Nombre,
        • Nacionalidad,
        • Dirección exacta,
        • Nombre y Nacionalidad de sus padres,
        • Números de Teléfono,
        • Dirección de Correo Electrónico.
      • Generales del Abogado
        • Dirección de la oficina,
        • Números de Teléfono y Facsímil,
        • Dirección de Correo Electrónico.
      • Timbres por valor de B/.4.00 por página.
      • El Poder deberá presentarse personalmente ante el funcionario(a) de la Dirección Nacional de Migración y Naturalización o con la Nota de Presentación Personal ante Notario Público.
    • Solicitud:
      • Generales completas de los solicitantes y sus dependientes.
      • Generales completas del abogado.
      • Generales completas de los cheques que se aportan:
        • Número del Cheque,                  
        • Nombre del Banco,
        • Fecha,
        • Monto.
      • Enumerar e identificar los documentos que se adjuntan.
      • Exponer los fundamentos de hecho y de derecho.
      • Explicar el tipo de actividad comercial que desarrollará la empresa.
      • Timbres por valor de B/.4.00 por página.
  • Cheque Certificado o de Gerencia por el monto de cien balboas (B/.100.00) a favor del Tesoro Nacional.
  • Historial Penal y Policivo del país de origen o del país donde ha residido el interesado los últimos dos años. Si el interesado tiene dos o más años de residencia continua en Panamá está exento de presentar este documento.
  • Pasaporte del país de origen con validez mínima de seis meses de cada uno de los solicitantes.
  • Fotocopia completa del pasaporte de cada uno de los solicitantes.
  • Dos (2) fotografías tamaño carné de cada uno de los solicitantes. 
  • Declaración Jurada sobre Antecedentes Personales.  
  • Certificado de Personería Jurídica original expedido por el Registro Público suscrita por el interesado y emitida ante Notario, que acredite:
    • La Razón Social de la empresa,
    • La condición del solicitante de Director y Dignatario en la empresa,
    • El Representante Legal o apoderado,
    • El Capital Social de la empresa (mínimo B/.40,000.00),
    • La distribución del Capital Social,
    • Tipo de acciones.
  • Certificación del Secretario o Tesorero de la empresa, donde se acredite la titularidad de las acciones emitidas a favor del extranjero solicitante y que las mismas se encuentran debidamente liberadas y pagadas (las acciones deben ser por un valor mínimo de B/.40,000.00). La certificación debe ser firmada ante Notario y no debe ser suscrita por el propio interesado.
  • Declaración del solicitante ante Notario Público, en la cual indique:
    • Monto del capital invertido,
    • Cantidad de acciones que posee y que las mismas se encuentran liberadas y pagadas (por un valor mínimo de B/.40,000.00),
    • Detalle de las actividades comerciales que desarrollará la empresa.
  • Certificación del Contador Público Autorizado (CPA) de la empresa, que acredite la titularidad de las acciones del extranjero solicitante y que las mismas se encuentran debidamente liberadas y pagadas (las acciones deben ser por un valor mínimo de B/.40,000.00). Adicionalmente, adjuntar copia del documento que acredite la idoneidad del CPA.   
  • Fotocopia del Certificado de Acciones.
  • Original o Copia autenticada por el Ministerio de Economía y Finanzas de la Declaración de Rentas de la empresa, con sus respectivos recibos de pago. En la sección patrimonio, línea de acciones, se debe registrar el pago de la totalidad de las acciones del extranjero solicitante de la visa que debe ser mayor de B/.40,000.00.  Si la empresa es de reciente constitución, se debe aportar copia cotejada de la constancia de pago de Tasa Única y del Registro Único del Contribuyente.
  • Copia autenticada por la Caja de Seguro Social de la planilla de la empresa, con un mínimo de tres (3) empleados panameños.
  • Paz y salvo de la Caja de Seguro Social a favor de la empresa con vigencia mínima de (3) tres meses. 
  • Prueba de Inversión (Presentar mínimo (3) tres de los siguientes documentos en calidad de pruebas):
    • Contrato de Compraventa del inmueble en donde la empresa opera o tiene su sede, debidamente registrado.
    • Fotocopia del comprobante de depósito por la suma invertida a favor de la empresa, autenticada por el banco.
    • Documento emitido por una entidad bancaria en el que haga constar que los fondos que invierte el extranjero solicitante, provienen del exterior.
    • Facturas Comerciales de los gastos incurridos por el inversionista en la empresa, acompañadas de inventario detallado realizado por el CPA. 
    • Liquidaciones de Aduanas de bienes importados a nombre de la empresa o del inversionista.
    • Cualquier otro documento que pueda probar el capital invertido en la empresa.
  • Prueba (mínimo (3) tres) de la existencia y ubicación de la empresa
    • Contrato de Arrendamiento del Local comercial en donde opera la sede de la empresa u oficina, debidamente registrado ante el Ministerio de Vivienda (en caso de que el local no sea propio).
    • Contrato de Servicio de Energía Eléctrica.
    • Contrato de Servicio de Teléfonos.
    • Contrato de Servicio de Suministro de Agua.
    • Contrato de Servicio de Seguridad.
    • Contrato de Servicio de Internet.
    • Contrato de Servicio de Recolección de Basura.
    • Comprobante del Pago de Impuesto del ITBM al Ministerio de Economía y Finanzas.
    • Cualquier otro documento que pruebe la existencia real de la empresa.
    • Copia de la Licencia Comercial o Industrial de la empresa.