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Visa de Visitante Temporal en Calidad de Estudiante. Clave: VT-C

 

Fundamento Legal: Artículo 1ero, numeral 5, literal C, artículo 14 y el artículo 41, numeral 3, del Decreto Ley de 30 de junio de 1960, Decreto Ley No.13 de 20 de septiembre de 1965 y la Ley 6ta de 5 de marzo de 1980. 

Tiempo aproximado de trámite:  2 a 4 meses.

Candidatos:
Aquellos extranjeros matriculados a tiempo completo en horario diurno (matutino o vespertino), en centros educativos básicos, secundarios, especiales o universitarios debidamente reconocidos por el Ministerio de Educación.

El estudiante extranjero debe probar de dónde provienen los ingresos para cubrir sus gastos de estudio, hospedaje, alimento, transporte, salud, entre otros. El permiso se concede exclusivamente para dedicarse a estudios, por lo tanto durante su vigencia está prohibido trabajar.

Requisitos:

  • Carné de Trámite.
  • Certificado Médico de Buena Salud expedido dentro de los tres (3) meses anteriores a la fecha de presentación. (Debe tener fecha, firma y sello con el nombre, código y número de registro del médico).
  • Poder y Solicitud mediante abogado.
    • Poder:
      • Generales completas del interesado o interesados:
        • Nombre,
        • Nacionalidad,
        • Dirección exacta,
        • Nombre y Nacionalidad de sus padres,
        • Números de Teléfono,
        • Dirección de Correo Electrónico.
      • Generales del Abogado
        • Dirección de la oficina,
        • Números de Teléfono y Facsímil,
        • Dirección de Correo Electrónico.
      • Timbres por valor de B/.4.00 por página.
      • El Poder deberá presentarse personalmente ante el funcionario(a) de la Dirección Nacional de Migración y Naturalización o con la Nota de Presentación Personal ante Notario Público.
    • Solicitud:
      • Generales completas de los solicitantes y sus dependientes.
      • Generales completas del abogado.
      • Generales completas de los cheques que se aportan:
        • Número del Cheque,                  
        • Nombre del Banco,
        • Fecha,
        • Monto.
      • Enumerar e identificar los documentos que se adjuntan.
      • Exponer los fundamentos de hecho y de derecho.
      • Timbres por valor de B/.4.00 por página.
  • Historial Penal y Policivo del país de origen o del país donde ha residido el interesado los últimos dos años. Si el interesado tiene dos o más años de residencia continua en Panamá está exento de presentar este documento.
  • Pasaporte del país de origen con validez mínima de seis meses de cada uno de los solicitantes.
  • Fotocopia completa del pasaporte de cada uno de los solicitantes.
  • Dos (2) fotografías tamaño carné de cada uno de los solicitantes.
  • Declaración Jurada sobre Antecedentes Personales.
  • Cheque Certificado o de Gerencia por el monto de cien balboas (B/.100.00) a favor del Tesoro Nacional.
  • Si el estudiante es menor de edad, se requiere:
    •  Autorización por escrito de los padres a favor del residente responsable. Esta puede ser otorgada en el país de origen, para lo cual debe ser debidamente apostillada o autenticada. Si el padre o madre del estudiante se encuentran en Panamá, puede otorgar la autorización ante Notario Público.    
    • Certificado de Nacimiento debidamente apostillado o autenticado.
  • Presentar el recibo de pago de la matrícula original y la constancia de matrícula en la que figuran las materias inscritas (mínimo 5 materias).
  • Certificación de la Escuela, Colegio, Universidad o Centro de Estudios que debe contener la siguiente información:
        • El nombre, nacionalidad y número de pasaporte del interesado,
        • Su condición de estudiante del Centro Educativo de que se trate,
        • La facultad y la carrera que estudia,
        • El tiempo que dura la carrera, ya sea en bimestres, trimestres, cuatrimestres, semestres o años y el período que cursa,
        • El turno al que asiste,
        • El detalle de las asignaturas o materias que tiene matriculadas,
        • Indicar el número de Resolución con la cual fue aprobado por el Ministerio de Educación el Centro Educativo.
  • Carta de Trabajo del residente responsable con la Ficha de Seguro Social o Comprobante de Pago, o la Declaración de Rentas con sus respectivos Recibos de Pago y copias para ser cotejadas. El ingreso mínimo del responsable debe ser de quinientos balboas (B/.500.00).
  • Carta del residente responsable a favor del interesado, en la que se responsabiliza económicamente del mismo incluyendo el compromiso de asumir su repatriación si fuese necesario y hace constar que el mismo no representará carga para el Estado Panameño. Esta carta debe expresar los teléfonos y dirección del domicilio y lugar de trabajo donde es localizable el residente responsable.
  • Fotocopia del carné vigente del residente responsable o fotocopia de la cédula de identidad personal vigente, autenticada por el Registro Civil.
  • En caso de ser Estudiante Universitario, además de contar con un residente responsable deberá probar el origen del capital con el cual sufragarán sus estudios y demás gastos (pago de matrícula, libros, alimentación, transporte, hospedaje, salud), lo cual se verificará mediante el aporte de:
    • Documento expedido por una institución gubernamental u organización no gubernamental que pruebe que el estudiante que solicita la visa es titular de una beca de estudios, acompañada con recibos, talonarios de cheques o fotocopia del cheque de pago de la beca, si ya se efectuó algún cobro.
    • Certificación emitida por el Banco Nacional de Panamá, en la cual se certifique que el estudiante mantiene depósitos con un saldo mínimo del 25% del costo total de la carrera y mil balboas (B/.1,000.00) adicionales para sufragar gastos y fotocopia de la libreta de ahorros.
    • Carta emitida por un Banco en la que se haga constar que el estudiante recibe depósitos mensuales del exterior o los recibos de pagos de transferencias mensuales de courier a su nombre. En ambos casos acompañados de la fotocopia de la libreta de ahorros.