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Visa de Visitante Temporal y Permiso de Residencia en Calidad de Ejecutivo de la Zona Libre de Colón. Clave: VT-L

Candidatos:
Esta visa de visitante temporal y su correspondiente permiso de residencia puede ser solicitado por todos aquellos extranjeros que desempeñen funciones de alto nivel, tales como ejecutivos de confianza, de dirección, de fiscalización, de gerencia, de administración, de representación o de producción tecnológica, en empresas ubicadas dentro de los predios de la Zona Libre de Colón.

El permiso es temporal y podrá ser renovado hasta por un periodo de 5 años. Debe tenerse en cuenta que este permiso sólo autoriza al beneficiario para realizar labores lucrativas, en forma exclusiva para la empresa o por cuenta de la empresa que lo contrate.

Requisitos:

  • Carné de Trámite.
  • Certificado Médico de Buena Salud expedido dentro de los tres (3) meses anteriores a la fecha de presentación. (Debe tener fecha, firma y sello con el nombre, código y número de registro del médico).

  • Poder y Solicitud mediante abogado.
    • Poder:
      • Generales completas del interesado o interesados:
        • Nombre,
        • Nacionalidad,
        • Dirección exacta,
        • Nombre y Nacionalidad de sus padres,
        • Números de Teléfono,
        • Dirección de Correo Electrónico.
      • Generales del Abogado
        • Dirección de la oficina,
        • Números de Teléfono y Facsímil,
        • Dirección de Correo Electrónico.
      • Timbres por valor de B/.4.00 por página.
      • El Poder deberá presentarse personalmente ante el funcionario(a) de la Dirección Nacional de Migración y Naturalización o con la Nota de Presentación Personal ante Notario Público.
    • Solicitud:
      • Generales completas de los solicitantes y sus dependientes.
      • Generales completas del abogado.
      • Generales completas de los cheques que se aportan:
        • Número del Cheque,                  
        • Nombre del Banco,
        • Fecha,
        • Monto.
      • Enumerar e identificar los documentos que se adjuntan.
      • Exponer los fundamentos de hecho y de derecho.
      • Timbres por valor de B/.4.00 por página.
  • Historial Penal y Policivo del país de origen o del país donde ha residido el interesado los últimos dos años. Si el interesado tiene dos o más años de residencia continua en Panamá está exento de presentar este documento.
  • Pasaporte del país de origen con validez mínima de seis meses de cada uno de los solicitantes.
  • Fotocopia completa del pasaporte de cada uno de los solicitantes.
  • Dos (2) fotografías tamaño carné de cada uno de los solicitantes.
  • Declaración Jurada sobre Antecedentes Personales.
  • Cheque Certificado o de Gerencia por el monto de cien balboas (B/.100.00) a favor del Tesoro Nacional.     
  • Resolución expedida por el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (MITRADEL), donde se autorice al interesado para laborar en el territorio nacional como Ejecutivo de la Zona Libre de Colón.  En caso de no tenerlo a la fecha de presentación de la Solicitud en Migración, puede presentar Certificación expedida por el MITRADEL, en la cual se indique que dicho Permiso de Trabajo está en trámite o copia simple del Poder y Solicitud mediante abogado dirigida al MITRADEL. En este caso, queda pendiente la presentación del Permiso de Trabajo una vez sea aprobado. De negarse el Permiso por MITRADEL o no presentar este documento a Migración, se procederá a negar el Permiso de Visitante Temporal como Ejecutivo de la Zona Libre de Colón.
  • Carta de Trabajo en papel membrete de la empresa, o Contrato de Trabajo en papel simple con sello de la empresa, o Contrato de Trabajo en papel simple refrendado por el MITRADEL, o Contrato de Trabajo en papel simple con fotocopia de la Licencia Comercial de la empresa.
  • Certificación de la Zona Libre de Colón, donde se haga constar la participación del interesado en la compañía establecida en dicha zona y solicitando la visa y el permiso de visitante temporal.