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Visa de Visitante Temporal para Visita a Familiares

 

Candidatos:
Este permiso se expide sólo a las personas que cumplen con alguno de los grados de parentesco que habla el Artículo 1 del Decreto Ejecutivo No. 52 de 19 de febrero de 2003, y sólo será aprobado por un período de nueve (9) meses improrrogables. 

Pueden solicitar este tipo de visa y el correspondiente permiso aquellos extranjeros que deseen visitar a su cónyuge, parientes consanguíneos en línea recta ascendente o descendente, y parientes en línea colateral hasta el segundo grado, siempre que sus parientes sean residentes autorizados.

Este permiso debe ser solicitado antes de que venza el período de tres (3) meses si el interesado ostenta la calidad de turista. Por tanto, no se aceptará la solicitud del Permiso de Visitante Temporal por Visita a Familiares, si se ha solicitado Prórroga de Turista.

Requisitos:

  • Carné de Trámite.
  • Certificado Médico de Buena Salud expedido dentro de los tres (3) meses anteriores a la fecha de presentación. (Debe tener fecha, firma y sello con el nombre, código y número de registro del médico).
  • Poder y Solicitud mediante abogado.
    • Poder:
      • Generales completas del interesado o interesados:
        • Nombre,
        • Nacionalidad,
        • Dirección exacta,
        • Nombre y Nacionalidad de sus padres,
        • Números de Teléfono,
        • Dirección de Correo Electrónico.
      • Generales del Abogado
        • Dirección de la oficina,
        • Números de Teléfono y Facsímil,
        • Dirección de Correo Electrónico.
      • Timbres por valor de B/.4.00 por página.
      • El Poder deberá presentarse personalmente ante el funcionario(a) de la Dirección Nacional de Migración y Naturalización o con la Nota de Presentación Personal ante Notario Público.
    • Solicitud:
      • Generales completas de los solicitantes y sus dependientes.
      • Generales completas del abogado.
      • Generales completas de los cheques que se aportan:
        • Número del Cheque,                  
        • Nombre del Banco,
        • Fecha,
        • Monto.
      • Enumerar e identificar los documentos que se adjuntan.
      • Exponer los fundamentos de hecho y de derecho.
      • Timbres por valor de B/.4.00 por página.
  • Historial Penal y Policivo del país de origen o del país donde ha residido el interesado los últimos dos años. Si el interesado tiene dos o más años de residencia continua en Panamá está exento de presentar este documento.
  • Pasaporte del país de origen con validez mínima de seis meses de cada uno de los solicitantes.
  • Fotocopia completa del pasaporte de cada uno de los solicitantes.
  • Dos (2) fotografías tamaño carné de cada uno de los solicitantes.
  • Cheque Certificado o de Gerencia por el monto de cien balboas (B/.100.00) a favor del Tesoro Nacional.     
  • Declaración Jurada sobre Antecedentes Personales.
  • Constancia de Parentesco:
    • Certificado de Matrimonio
    • Certificado de Nacimiento
  • Carta de responsabilidad del familiar residente, en la cual se hace responsable del extranjero y de la repatriación en caso de ser necesaria.
  • Fotocopia del Carné vigente o fotocopia de la Cédula de identidad personal del familiar residente, autenticada por el Registro Civil.
  • Prueba de Solvencia Económica del familiar residente:
    • Declaración de Renta con sus respectivos recibos de pago.
    • Carta de Trabajo, con la última Ficha de la Caja de Seguro Social o el último Talonario del Cheque de Pago, para los empleados públicos.
    • Carta de Referencia Bancaria, solamente si se posee un Depósito a Plazo Fijo por un período no menor de un (1) año, por la suma mínima de cien mil balboas (B/.100,000.00).
    • Certificado de Jubilación.