Candidatos:
El Decreto Ley 6 de 10 de febrero de 1998 aprobó el contrato celebrado entre el Estado y la Fundación Ciudad del Saber (FCS). El Artículo 6 de este Decreto establece condiciones migratorias especiales para el personal extranjero que ingrese al país para coadyuvar al desarrollo del proyecto y en virtud de esta disposición, los Permisos de Visitante Temporal se otorgan en las siguientes categorías:
- Visitante Temporal en Calidad de Investigador
- Visitante Temporal en Calidad de Profesor
- Visitante Temporal en Calidad de Empresario
- Visitante Temporal en Calidad de Técnico
- Visitante Temporal en Calidad de Estudiante
La Solicitud del Permiso de Residencia puede presentarse antes o después del ingreso del extranjero al país y el mismo se concede por dos años prorrogables a su vencimiento. La Visa Múltiple que le permite salir del país e ingresar nuevamente, puede obtenerla por el mismo término.
Si el solicitante del Permiso de Visitante Temporal en calidad de Investigador, Profesor, Empresario o Técnico, viene acompañado de dependientes (cónyuge, padres, hijos menores de edad, o mayores de 18 años y menores de 25 que sean estudiantes solteros) deben adjuntarse los requisitos del Permiso de Residencia en calidad de Dependiente de un familiar Residente, probando el vínculo de parentesco y que el residente cuenta con la solvencia económica suficiente, fijada por el Decreto Ejecutivo No.52 de 19 de Febrero de 2003 (mínimo de quinientos balboas (B/.500.00) mensuales, más setenta y cinco balboas (B/.75.00) por cada dependiente). Además, se debe aportar la carta de responsabilidad para con la familia.
En caso de que el extranjero que se vincula a la FCS pertenezca a alguna de las nacionalidades que requieren Visa Estampada o Consultada para ingresar al país, el trámite de la visa debe hacerse a través de la FCS.
Requisitos:
- Carné de Trámite.
- Certificado Médico de Buena Salud expedido dentro de los tres (3) meses anteriores a la fecha de presentación. (Debe tener fecha, firma y sello con el nombre, código y número de registro del médico).
- Poder y Solicitud mediante abogado.
- Poder:
- Generales completas del interesado o interesados:
- Nombre,
- Nacionalidad,
- Dirección exacta,
- Nombre y Nacionalidad de sus padres,
- Números de Teléfono,
- Dirección de Correo Electrónico.
- Generales del Abogado
- Dirección de la oficina,
- Números de Teléfono y Facsímil,
- Dirección de Correo Electrónico.
- Timbres por valor de B/.4.00 por página.
- El Poder deberá presentarse personalmente, por el Representante Legal de la Fundación Ciudad del Saber, o de la empresa o entidad afiliada a la Ciudad del Saber, con la cual el extranjero establece su relación, ante el funcionario(a) de la Dirección Nacional de Migración y Naturalización o con la Nota de Presentación Personal ante Notario Público. Si el solicitante es menor de edad, el poder debe ser otorgado por el tutor designado, por un familiar residente autorizado o por el Rector o Director del Centro de Estudios.
- Solicitud:
- Generales completas de los solicitantes y sus dependientes.
- Generales completas del abogado.
- Generales completas de los cheques que se aportan:
- Número del Cheque,
- Nombre del Banco,
- Fecha,
- Monto.
- Enumerar e identificar los documentos que se adjuntan.
- Exponer los fundamentos de hecho y de derecho.
- Timbres por valor de B/.4.00 por página.
- Pasaporte del país de origen con validez mínima de seis meses de cada uno de los solicitantes.
- Fotocopia completa del pasaporte de cada uno de los solicitantes.
- Dos (2) fotografías tamaño carné de cada uno de los solicitantes.
- Declaración Jurada sobre Antecedentes Personales.