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Permiso de Visitante Temporal como Persona Acreditada por la Fundación Ciudad del Saber

Candidatos:
El Decreto Ley 6 de 10 de febrero de 1998 aprobó el contrato celebrado entre el Estado y la Fundación Ciudad del Saber (FCS). El Artículo 6 de este Decreto establece condiciones migratorias especiales para el personal extranjero que ingrese al país para coadyuvar al desarrollo del proyecto y en virtud de esta disposición, los Permisos de Visitante Temporal se otorgan en las siguientes categorías:

  1. Visitante Temporal en Calidad de Investigador
  2. Visitante Temporal en Calidad de Profesor
  3. Visitante Temporal en Calidad de Empresario
  4. Visitante Temporal en Calidad de Técnico
  5. Visitante Temporal en Calidad de Estudiante

La Solicitud del Permiso de Residencia puede presentarse antes o después del ingreso del extranjero al país y el mismo se concede por dos años prorrogables a su vencimiento. La Visa Múltiple que le permite salir del país e ingresar nuevamente, puede obtenerla por el mismo término.

Si el solicitante del Permiso de Visitante Temporal en calidad de Investigador, Profesor, Empresario o Técnico, viene acompañado de dependientes (cónyuge, padres, hijos menores de edad, o mayores de 18 años y menores de 25 que sean estudiantes solteros) deben adjuntarse los requisitos del Permiso de Residencia en calidad de Dependiente de un familiar Residente, probando el vínculo de parentesco y que el residente cuenta con la solvencia económica suficiente, fijada por el Decreto Ejecutivo No.52 de 19 de Febrero de 2003 (mínimo de quinientos balboas (B/.500.00) mensuales, más setenta y cinco balboas (B/.75.00) por cada dependiente). Además, se debe aportar la carta de responsabilidad para con la familia.

En caso de que el extranjero que se vincula a la FCS pertenezca a alguna de las nacionalidades que requieren Visa Estampada o Consultada para ingresar al país, el trámite de la visa debe hacerse a través de la FCS.

Requisitos:

  • Carné de Trámite.
  • Certificado Médico de Buena Salud expedido dentro de los tres (3) meses anteriores a la fecha de presentación. (Debe tener fecha, firma y sello con el nombre, código y número de registro del médico).
  • Poder y Solicitud mediante abogado.
    • Poder:
      • Generales completas del interesado o interesados:
        • Nombre,
        • Nacionalidad,
        • Dirección exacta,
        • Nombre y Nacionalidad de sus padres,
        • Números de Teléfono,
        • Dirección de Correo Electrónico.
      • Generales del Abogado
        • Dirección de la oficina,
        • Números de Teléfono y Facsímil,
        • Dirección de Correo Electrónico.
      • Timbres por valor de B/.4.00 por página.
      • El Poder deberá presentarse personalmente, por el Representante Legal de la Fundación Ciudad del Saber, o de la empresa o entidad afiliada a la Ciudad del Saber, con la cual el extranjero establece su relación, ante el funcionario(a) de la Dirección Nacional de Migración y Naturalización o con la Nota de Presentación Personal ante Notario Público.  Si el solicitante es menor de edad, el poder debe ser otorgado por el tutor designado, por un familiar residente autorizado o por el Rector o Director del Centro de Estudios.
    • Solicitud:
      • Generales completas de los solicitantes y sus dependientes.
      • Generales completas del abogado.
      • Generales completas de los cheques que se aportan:
        • Número del Cheque,                  
        • Nombre del Banco,
        • Fecha,
        • Monto.
      • Enumerar e identificar los documentos que se adjuntan.
      • Exponer los fundamentos de hecho y de derecho.
      • Timbres por valor de B/.4.00 por página.
  • Pasaporte del país de origen con validez mínima de seis meses de cada uno de los solicitantes.
  • Fotocopia completa del pasaporte de cada uno de los solicitantes.
  • Dos (2) fotografías tamaño carné de cada uno de los solicitantes.
  • Declaración Jurada sobre Antecedentes Personales.